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POLÍTICA DE NO DISCRIMINACIÓN

Objetivo

Promover la inclusión, la justicia y dignidad en el ejercicio de los derechos humanos, así como establecer las definiciones, reglas y sanciones que nos permitan proveer al personal y a los clientes o usuarios un entorno libre de discriminación.

Alcance

Esta política es aplicable a todo el personal que labora en este centro de trabajo.

Política

INMOCCIDENTE, S.A. de C.V. (CADU RESIDENCIAL) está comprometido a construir un entorno en el que todas las personas sean tratadas con respeto y dignidad, por lo que queda estrictamente prohibida cualquier conducta de acción u omisión dirigida a los clientes, usuarios, visitantes, al personal y entre el personal que tenga por objeto obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades de cualquier persona, basándose en uno o más de los siguientes motivos:

  • Origen étnico o nacional;
  • Color de piel;
  • Cultura;
  • Sexo;
  • Género;
  • Edad;
  • Capacidades diferentes;
  • Apariencia física;

  • Condición social, económica, de salud o jurídica;
  • Religión;
  • Características genéticas;
  • Opiniones;
  • Preferencias sexuales;
  • Filiación política;

  • Estado Civil;
  • Idioma o lengua;
  • Identidad de género;
  • Cualquier otra que atente contra la dignidad humana

También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

Por lo anterior, en todas sus interacciones con clientes, usuarios o visitantes el personal de CADU RESIDENCIAL deberá observar las siguientes conductas:

  1. I. Respetar las diferencias individuales de cada persona.
  2. II. Brindar un trato digno, respetuoso y equitativo a todos los clientes, usuarios y visitantes en general.
  3. III. No ejercer ninguna forma de discriminación a clientes, usuarios o visitantes en general por haber contraído algún tipo de enfermedad, incluyendo COVID 19, o bien por la simple presunción de que la persona estuvo en contacto con alguna persona contagiada.
  4. IV. Abstenerse de no brindar la atención o imponer condiciones diferentes a los clientes, usuarios o visitantes en general con base en su origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, genero, edad, capacidades diferentes, apariencia física, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, filiación política, estado civil, idioma o lengua, identidad de género, o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
  5. V. Tratar a todos los clientes, usuarios y visitantes en general con respeto y cordialidad.